¿Qué es la ejecución de sentencia?
La ejecución de sentencia es el procedimiento judicial mediante el cual se hace efectivo el contenido de una resolución judicial firme (sentencia, auto o decreto). Es la fase final del proceso y su objetivo es garantizar que la decisión del juez se cumpla efectivamente.
Fases de la ejecución dineraria
La ejecución dineraria (cobro de una cantidad de dinero) se desarrolla en las siguientes fases:
- Demanda ejecutiva: El acreedor, a través de su procurador, presenta la demanda de ejecución ante el juzgado con el título ejecutivo.
- Despacho de ejecución: El tribunal dicta auto despachando la ejecución y el Letrado de la Administración de Justicia acuerda por decreto las medidas de localización y embargo (art. 551 LEC). Si el título es una sentencia, no hace falta requerir de pago al deudor antes de embargar (art. 580 LEC).
- Investigación patrimonial: Si el deudor no paga voluntariamente, se investiga su patrimonio (cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios).
- Embargo: Se decretan los embargos sobre los bienes localizados.
- Apremio: Los bienes embargados se realizan (venden) para satisfacer la deuda. Esto puede implicar subastas judiciales.
- Pago y archivo: Una vez satisfecho el crédito, se da por finalizada la ejecución.
El papel del procurador en la ejecución
El procurador desempeña un papel activo en todas las fases de la ejecución:
- Presenta la demanda ejecutiva y los escritos necesarios.
- Solicita medidas de investigación patrimonial.
- Insta los embargos y su anotación registral.
- Realiza seguimiento del procedimiento de apremio.
- Comunica al cliente el estado de la ejecución en cada momento.
Plazos clave
- La ejecución de una sentencia firme puede instarse dentro de los 5 años siguientes a la firmeza.
- La ejecución de una resolución judicial no puede despacharse hasta pasados 20 días desde que se notificó al condenado (art. 548 LEC).
- El ejecutado dispone de 10 días para oponerse desde que se le notifica el auto que despacha la ejecución (art. 556 LEC).
- Las subastas electrónicas tienen un plazo de 20 días naturales.
Recomendamos iniciar la ejecución lo antes posible para maximizar las posibilidades de cobro efectivo.
